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Estatuto
del magisterio |
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Modifica
art. 11, 28, 39, 41, 46, 47, 55, 59, 62, 66, 67, 68, 70, 77, 85,
88, 125, 4, 58, 56, 109, 110 y 124 de Ley N° 10.579. Estatuto
del magisterio. Acerca de escalafón, acumulación de
cargos, tribunales de clasificación, movimientos docentes, ingreso,
evaluación de títulos, vacantes, ascensos, faltas,
facultad sancionatoria |
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10.648 |
Régimen
del personal docente que ejerce funciones en los establecimientos
dependientes de Acción Social |
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10.693 |
Modifica
art. 171 de Ley N° 10.579. Incorpora inc. g. organización
de cursos de capacitación docente en los establecimientos,
para los docentes en actividad |
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Modifica
art. 100 de Ley N° 10.579 y 11 de Ley N° 10.693. Rehabilitación
de personal provisional o suplente que haya sido pasible de las
sanciones de suspensión o exclusión de los estados
de ingreso |
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12.537 |
Modifica
art. 60 de Ley N° 10.579 |
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12.770 |
Modifica
art. 57 de Ley N° 10.579. Acerca de la edad máxima de
los aspirantes a ingresar en el tercer ciclo de EGB, Polimodal y
Educación Superior |
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Incorpora
art. 17 bis de Ley N° 10.579. base para el cálculo de
descuento |
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12.799 |
Sustituye
art. 41 de Ley N° 10.579. Acerca de la integración de
los tribunales de clasificación centrales y los tribunales
de clasificación descentralizados |
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12.867 |
Modifica
art. 7 sustituye art. 10, acerca de la clasificación de los
establecimientos de enseñanza, parametros; art. 9 suspende
beneficios de licencias en el marco y por el plazo de la emergencia
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Ley
Creación Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires
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13.099 |
Designa
en carácter de titular interino al personal docente provisional
que se desempeña en el cargo de secretario de inspección
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Designa
en carácter de titular interino al personal provisional dependiente
de diferentes ramas que desempeñen los cargos de Director,
Vicedirector, Regente, Secretario, etc |
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13.124 |
Sustituye
el artículo 74 y el inciso a) del artículo 80°
de la Ley 10.579. Acerca de ascensos |
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13.170 |
Sustituye
los incisos c de los artículos 109 y 110 del anexo único
de la Ley 10.579 e incorpora el articulo 172. Acerca de título
habilitante |
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13.377 |
Establece
el régimen de adelanto jubilatorio |
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13.469 |
Los
docentes que se desempeñan en los servicios educativos, inclusive
los que se desempeñen en los cargos de preceptor y bibliotecario,
serán considerados docentes al frente directo de alumnos
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13.472 |
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13.552 |
Negociaciones colectivas
que se celebren entre la provincia de Buenos Aires en su carácter
de empleador y el personal docente |
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